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Descripción

El término régimen de visitas abiertas


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El término régimen de visitas abiertas


El término "régimen de visitas abiertas" se refiere a un tipo de régimen de visitas o derecho de visita y convivencia que se establece entre los padres o por orden judicial, en el cual no se especifican de manera detallada las fechas, horarios y duración exacta de las visitas. En cambio, se brinda cierta flexibilidad y libertad a los padres para acordar y coordinar las visitas de manera más abierta y adaptada a las circunstancias cambiantes.

En un régimen de visitas abiertas, los padres tienen la capacidad de comunicarse y llegar a acuerdos respecto a las visitas de manera más flexible. Por ejemplo, pueden decidir cuándo y cómo se llevarán a cabo las visitas, teniendo en cuenta las necesidades y disponibilidad de ambas partes, así como las necesidades y preferencias del niño.

La ventaja de un régimen de visitas abierto es que permite a los padres adaptarse a situaciones imprevistas, cambios en las circunstancias o necesidades particulares del niño. Proporciona una mayor flexibilidad y la posibilidad de tomar decisiones en conjunto sobre las visitas, promoviendo una mayor cooperación y comunicación entre los padres.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que un régimen de visitas abiertas puede requerir una mayor comunicación y cooperación entre los padres, ya que implica que ambos están dispuestos a llegar a acuerdos y respetar los términos establecidos de manera voluntaria. Si los padres tienen dificultades para comunicarse o llegar a acuerdos, puede ser recomendable contar con la asesoría de un mediador o abogado especializado en derecho de familia para facilitar la negociación y evitar conflictos.


 

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