Nuestra firma legal abogadodelofamiliar.com.mx realiza entre sus servicios todo tipo de tramites referente al reconocimiento de paternidad realizamos los tramites de acuerdo a los códigos establecidos por la ley para garantizar el bienestar de las familias.
Nuestra firma legal cuenta con la experiencia en litigio familiar, representante de los derechos de nuestros clientes, buscando que se garantice una adecuada impartición de justicia, así como la posibilidad de que se cuente con argumentos legales apegados a la realidad de las personas.
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En algunos casos, puede ser necesario provocar el
reconocimiento de paternidad si el padre biológico no está dispuesto a
reconocer la paternidad. Esto puede ocurrir en situaciones en las que el padre
ha abandonado biológicamente a la madre y al hijo, o si la madre ha sido
incapaz de localizar al padre.
En casos, la madre o el hijo pueden tomar estas medidas
legales para provocar el reconocimiento de paternidad. Esto puede incluir la
presentación de una demanda de paternidad ante un tribunal de familia o una
solicitud de paternidad ante un registro civil. En algunos países, también es posible
utilizar el sistema de justicia penal para solicitar una orden de prueba de
paternidad.
Es importante tener en cuenta que provocar el reconocimiento
de paternidad puede ser un proceso complicado y emocionalmente difícil. Es
recomendable buscar asesoramiento legal para determinar las opciones y los
recursos disponibles para usted en su jurisdicción.
El hijo que no hubiere sido reconocido tendrá derecho a que
el supuesto padre sea citado ante el juez, a declarar si cree serlo.
El Juez a su criterio, podrá ordenar las pruebas
científicas, hereditarias, biológicas y antropomórficas del supuesto padre.
La mujer embarazada también tendrá derecho a que el hombre
de quien ha concebido sea citado ante el Juez, a declarar si reconoce ser el
padre de la criatura que está por nacer.
La negativa del supuesto padre a comparecer ante el Juez o a
someterse a la prueba de paternidad, será considerada como positiva de la
existencia de vínculo biológico, sin perjuicio del derecho de impugnarla.
Sin perjuicio de la acción de declaración judicial de
paternidad, las diligencias a que da lugar este artículo únicamente podrán
promoverse por una vez, contra el supuesto padre.
En los procesos de
reconocimiento forzoso de paternidad, operará en beneficio del demandante, la
reversión de la carga de la prueba, mediante la cual, el demandado estará
obligado a proveer las pruebas necesarias para la resolución del caso.
La inactividad o la oposición del demandado a aportar la prueba necesaria, tendrá como consecuencia, la presunción legal de la paternidad atribuida, la que podrá ser impugnada sólo en los términos previstos en este Código.
Nuestra firma legal abogadodelofamiliar.com.mx ofrece
entre sus servicios: adopción de menores, divorció, guarda y custodia, homologación de sentencia en materia familiar, interdicción, pensión alimenticia, reconocimiento de paternidad, rectificación de actas del registro civil, régimen de visitas, sociedad conyugal, sucesiones, tutela y violencia intrafamiliar