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Presunción de paternidad en caso de nuevo matrimonio de la madre

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Presunción de paternidad en caso de nuevo matrimonio de la madre

En algunos países, existe una presunción legal de paternidad cuando una mujer se casa y tiene un hijo durante el matrimonio, lo que se conoce como la "presunción de paternidad del marido". Esto significa que el esposo de la madre es automáticamente considerado como el padre legal del niño, a menos que se demuestre lo contrario.

Esta presunción de paternidad se basa en la idea de que el esposo de la madre, al contraer matrimonio, ha asumido la responsabilidad de ser padre y mantener a la familia, incluyendo al hijo nacido durante el matrimonio. Además, se considera que es en el interés del niño tener un padre legalmente reconocido y protegido, y que la paternidad del esposo de la madre es la opción más fácil y simple para establecer la filiación.

Sin embargo, esta presunción de paternidad puede ser impugnada si se demuestra que el esposo de la madre no es el padre biológico del niño. Por lo tanto, es importante biológico que los padres que no están casados ​​con la madre, pero que deseen ser reconocidos como padres legales, tomen las medidas legales necesarias para establecer su paternidad antes de que la presunción de paternidad del marido se convierta en una barrera legal para ello.

Si la madre hubiere contraído otras nupcias en contravención a lo dispuesto en el artículo 17, la paternidad del hijo que naciere después de celebrado el nuevo matrimonio se establecerá conforme a las reglas siguientes:

1a) Se presume que el hijo es del primer marido si nace dentro de los ciento ochenta días posteriores a la celebración del segundo matrimonio; y,

2a) Se presume que el hijo es del segundo marido, si nace después de ciento ochenta días de la celebración del segundo matrimonio, aunque el nacimiento tenga lugar dentro de los trescientos días posteriores a la disolución del primero.


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