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legal abogadodelofamiliar.com.mx realiza entre sus servicios todo tipo de tramites referente a la pension
alimenticia realizamos los tramites de acuerdo a los codigos establecidos por
la ley para garantizar el bienestar de las familias.
Nuestra firma legal
cuenta con la experiencia en litigio familiar, representante de los derechos de
nuestros clientes, buscando que se garantice una adecuada imparticion de
justicia, asi como la posibilidad de que se cuente con argumentos legales
apegados a la realidad de las personas.
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Si, en algunos paises los exconyuges pueden recibir pension
alimentaria incluso si durante el matrimonio no tuvieron hijos. Esto depende de
las leyes de cada pais y de las circunstancias especificas de cada caso.
En general, cuando una pareja se divorcia, la pension
alimentaria se otorga para garantizar el bienestar economico del conyuge que se
encuentra en una situacion de necesidad economica, como puede ser el caso de
una persona que no tiene empleo o que tiene dificultades para estabilizar a si mismo. El hecho de que la pareja no haya tenido hijos durante el matrimonio no
implica que uno de los conyuges no tenga derecho a recibir una pension
alimentaria.
En algunos casos, la pension alimentaria para exconyuges
puede ser temporal, es decir, se otorga por un periodo determinado, mientras
que en otros casos puede ser permanente. La duracion y el monto de la pension
alimenticia surgen de las leyes de cada pais y de las circunstancias especificas
de cada caso.
Es importante destacar que la solicitud de pension
alimentaria debe ser presentada ante el tribunal competente, siguiendo los
procedimientos legales establecidos en cada pais. Ademas, la persona que
solicita la pension debe presentar pruebas de que se encuentra en una situacion
de necesidad economica y que el otro conyuge tiene la capacidad de pagar la
pension.
La pension alimenticia para exconyuges puede determinarse
mediante convenio o por sentencia judicial. En la doctrina esta pension ha sido
denominada pension compensatoria.
Los exconyuges aun y cuando no hayan tenido hijos tienen
derecho a alimentos en virtud del desequilibrio economico que puede presentarse
entre ellos al momento del divorcio. Y es que en algunos casos este
desequilibrio economico se puede presentar cuando uno de los conyuges durante
el matrimonio se hubiere dedicado preponderantemente al cuidado o labores del
hogar, cuando careciere de bienes o estuviere imposibilitado para trabajar.
Algunas legislaciones han establecido que el conyuge que se
dedique al hogar goza de la presuncion de necesitar alimentos.
Los diversos codigos de los estados de la republica
establecen que los jueces, atendiendo a las circunstancias del caso concreto,
determinaran el monto y modalidad de la obligacion de proporcionar alimentos
entre los conyuges. Entre estas circunstancias se encuentran los ingresos del
conyuge deudor, las necesidades del acreedor, el nivel de vida de la pareja, el
estado de salud de ambos, la experiencia laboral, la calificacion profesional,
la duracion del matrimonio y toda aquella circunstancia que resulte relevante.
En algunos codigos de los estados de la Republica Mexicana,
como por ejemplo el Codigo Civil del Estado de Mexico, se establece que
los conyuges que no tengan hijos y que carezcan de bienes o hayan realizado
cotidianamente el trabajo en el hogar, consistente en tareas de administracion,
direccion y atencion, tendran derecho a alimentos y su duracion sera por el tiempo
que haya durado el matrimonio, sin que esto afecte la reparticion equitativa de
los bienes.
Asi tambien en algunos codigos se establece que al divorciarse los conyuges que hayan celebrado el matrimonio bajo el regimen de separacion de bienes, el conyuge que durante el matrimonio se haya dedicado al trabajo del hogar tendra derecho a una compensacion que no podra ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido durante el matrimonio.
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