Nuestra firma legal abogadodelofamiliar.com.mx realiza
entre sus servicios todo tipo de tramites referente al régimen visitas,
realizamos los tramites de acuerdo a los códigos establecidos por la ley para
garantizar el bienestar de las familias.
Nuestra firma legal cuenta con la experiencia en litigio
familiar, representante de los derechos de nuestros clientes, buscando que se
garantice una adecuada impartición de justicia, así como la posibilidad de
que se cuente con argumentos legales apegados a la realidad de las personas.
si desea mayor información no dude en contactarnos en abogadodelofamiliar.com.mx
Que el padre o madre que no tiene decretada la custodia a su
favor pueda convivir con su hijo/ hija de forma regular. Generalmente el padre
o la madre que ejerce el derecho de visita acude al domicilio donde habita su
hija o hijo para que se lo entreguen, y se compromete a reintegrarla/o a la
hora acordada por ambos o la señalada por el juez/a.
Si la autoridad jurisdiccional detecta alguna situación en
la que las convivencias puedan representar algún riesgo para la niña, niño y/o
adolescente, será necesario que éstas se lleven a cabo en espacios
especializados conocidos como Centros de Convivencia Familiar Supervisada,
dependientes del Tribunal de Justicia del Estado de la República mexicana que
corresponda, ello con la finalidad de que personal de psicología y trabajo
social observe y valore la interacción entre el padre/madre y sus hijos/ hijas
y emita un dictamen especializado.
El juez/a siempre deberá escuchar y tomar en cuenta la
opinión de las personas menores de edad involucradas y adoptar la decisión que
más favorezca al interés superior.
Es muy importante que las y los progenitores presenten a sus
hijos/hijas al Centro de convivencias los días y horarios fijados por el órgano
jurisdiccional, pues el incumplimiento o la negativa reiterada a que se
efectúen los encuentros con su padre o madre puede derivar en la imposición de
sanciones económicas, arresto administrativo, y desde luego, incidir en la
resolución definitiva sobre la guarda y custodia de niñas, niños y
adolescentes.
Asimismo, los padres y madres tienen la obligación de evitar conductas que vulneren el ambiente de respeto y generen violencia o rechazo en las relaciones entre hijos/hijas y sus progenitores/as, o los/as demás integrantes de su familia.