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Que pasa si no se tiene un ingreso para cubrir la pension alimenticia

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Que pasa si no se tiene un ingreso para cubrir la pension alimenticia

Si una persona no cuenta con ingresos suficientes para cubrir la pension alimentaria que debe pagar, puede solicitar una modificacion de la pension alimentaria ante el tribunal competente. En general, para solicitar la modificacion de la pension alimentaria, la persona debe demostrar que ha sufrido un cambio significativo en sus circunstancias financieras, como puede ser la perdida de empleo, una disminucion en los ingresos, una enfermedad, entre otros.

El tribunal revisa el caso y, si se determina que la persona no cuenta con ingresos suficientes para pagar la pension alimentaria, se puede modificar el monto de la pension o suspender temporalmente el pago hasta que la situacion financiera de la persona mejore.

Es importante destacar que, en general, la obligacion de pagar la pension alimentaria sigue vigente incluso si la persona no cuenta con un ingreso fijo. En estos casos, se puede calcular la pension alimentaria en funcion de los ingresos potenciales de la persona o en funcion de otros bienes o activos que pueda tener. Sin embargo, si la persona no cuenta con ingresos ni bienes para cubrir la pension alimentaria, el tribunal puede suspender temporalmente el pago hasta que la situacion financiera de la persona sea mejor.

Si una persona no tiene un ingreso fijo (un empleo) no significa que no tenga posibilidad de proporcionar alimentos, pues en muchos de los casos se puede demostrar la capacidad economica mediante un estudio realizado por expertos ordenado por los jueces, o si no la persona puede dar sus bienes a efecto de cubrir las pensiones.

Si la persona deliberadamente deja de trabajar sabiendo que asi no tendra posibilidades economicas de dar pension alimentacion se puede recurrir a las autoridades penales por el delito de abandono de persona.

La pension la pueden establecer los deudores y acreedores (o sus representantes) de manera voluntaria, mediante procedimientos de pago en consignacion, ante mediadores, en los convenios de divorcio, etc., o bien de manera forzosa en la demanda correspondiente.


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