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Quién puede completar el Reconocimiento de Paternidad

Nuestra firma legal abogadodelofamiliar.com.mx realiza entre sus servicios todo tipo de tramites referente al reconocimiento de paternidad realizamos los tramites de acuerdo a los códigos establecidos por la ley para garantizar el bienestar de las familias.

Nuestra firma legal cuenta con la experiencia en litigio familiar, representante de los derechos de nuestros clientes, buscando que se garantice una adecuada impartición de justicia, así como la posibilidad de que se cuente con argumentos legales apegados a la realidad de las personas.
En el caso particular de reconocimiento de paternidad el procedimiento legal tiene cuestiones que deben ser analizadas de fondo incluso una inadecuada participación puede llevar al extremo del reconocimiento indebido o negación falsa. 

si desea mayor información no dude en contactarnos en abogadodelofamiliar.com.mx

Quién puede completar el Reconocimiento de Paternidad 

El reconocimiento de paternidad puede ser completado por las siguientes personas:

1. El Padre Biológico

  • Voluntario: El padre biológico puede completar el reconocimiento de paternidad de manera voluntaria, ya sea en el hospital, en el registro civil, o en una oficina de asuntos familiares.
  • Firma del Documento: El padre firma un formulario de reconocimiento de paternidad, que generalmente es un acto voluntario y legalmente vinculante.

2. Ambos Padres

  • Conjuntamente: Tanto la madre como el padre pueden completar juntos el reconocimiento de paternidad en el registro civil o ante un notario. Este proceso asegura que ambos estén de acuerdo con el reconocimiento.

3. El Tribunal

  • Por Orden Judicial: Si el padre biológico no reconoce voluntariamente al niño, la madre o cualquier otra persona interesada puede acudir al tribunal. En este caso, el tribunal puede determinar la paternidad mediante una sentencia judicial, y se formaliza el reconocimiento de paternidad, que luego se registrará.

4. Autoridades Competentes

  • Agencias de Manutención Infantil o Servicios Sociales: En algunos casos, las autoridades fiscales o agencias de manutención infantil pueden iniciar un proceso legal para establecer la paternidad en nombre del menor si no hay un reconocimiento voluntario.

Requisitos del Reconocimiento:

  • Consentimiento de la Madre: En muchos países, para que el reconocimiento de paternidad sea válido, se requiere también el consentimiento de la madre.
  • Edad del Padre: El padre debe ser mayor de edad para poder reconocer a un hijo de manera legal.

Una vez completado el proceso, el reconocimiento de paternidad debe ser registrado en el registro civil o en la entidad correspondiente para que tenga efectos legales.