...
...

código civil articulo 968 articulo 968

Descripcion

Código Civil  articulo 968

Nuestra firma legal  Abogado de lo Familiar  ha hecho una segmentación de artículos del Código Civil con el propósito de contar con una individualización de los preceptos  y una pronta identificación.


si desea conocer mas acerca de nuestros servicios no dude en contactarnos  


Artículo 968.- Los demás propietarios que no hayan contribuido a dar más elevación o espesor a la pared, podrán, sin embargo, adquirir en la parte nuevamente elevada los derechos de copropiedad, pagando proporcionalmente el valor de la obra y la mitad del valor del terreno sobre que se hubiere dado mayor espesor.

Opiniones de clientes

0.0
☆☆☆☆☆
0 opiniones
5
0
4
0
3
0
2
0
1
0
✍️ ¿Y tú qué opinas?
Si tienes experiencia usando este producto, compártenos tu opinión.
Opiniones Más útiles ∨

Aún no hay opiniones aprobadas para este producto. ¡Sé el primero!

Llámenos al Teléfono 5589384121

Realmente nos importan nuestros usuarios y nuestro producto.