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Descripcion

Código Civil  articulo 759

Nuestra firma legal  Abogado de lo Familiar  ha hecho una segmentación de artículos del Código Civil con el propósito de contar con una individualización de los preceptos  y una pronta identificación.


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Artículo 759.- En general, son bienes muebles, todos los demás no considerados por la ley como inmuebles.

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